Reclamación a Iberia por retraso o cancelación
Un abogado revisará tu caso en 24h y te informaremos sobre la viabilidad de la reclamación. Honorarios a éxito (20 % + IVA); sin adelantos. Compensación hasta 600 € por pasajero, si procede.
Trabajamos a éxito: 20% + IVA de la cantidad recuperada- ¡solo en caso de recuperar alguna cantidad!
Qué comprobamos en tu caso (en 24 h laborables)
Horarios reales vs. programados
Causas operativas o extraordinarias que afectaron ese día.
Afectación de aeropuerto/ATC (si fue algo general o solo de tu vuelo).
Conexiones perdidas y gastos reembolsables (hotel, comidas, transporte).
En definitiva, confirmaremos la viabilidad de la reclamación y la cuantía a exigir (compensación y gastos).

Horarios reales vs programados

Afectación del aeropuerto / control aéreo

Causas operativas o extraordinarias

Gastos reembolsables (hoteles, comida, transporte)
Compensación según distancia (Reglamento 261/2004)
250 € · Vuelos de hasta 1.500 km (retraso ≥ 3 h / cancelación no exenta).
400 € · Vuelos intra-UE de más de 1.500 km y otros de 1.500–3.500 km.
600 € · Vuelos de > 3.500 km.
Además: asistencia (comidas, alojamiento, comunicaciones) cuando corresponda.
Huelgas, mal tiempo y otras “extraordinarias” — cómo lo valoramos
Huelga del propio personal de Iberia: por regla general no exime de compensación (doctrina TJUE; análisis caso a caso).
Huelgas externas (control aéreo, aeropuerto): pueden ser extraordinarias si la compañía tomó todas las medidas razonables.
Meteorología severa / decisiones ATC: suelen ser extraordinarias; aun así, la aerolínea debe asistirte y reubicarte con diligencia.
Consejo práctico: no aceptes vales sin informarte; podemos revisarlo antes.
Equipaje con Iberia (pérdida, daño o retraso del equipaje)
Lo regula el Convenio de Montreal (vuelos internacionales).
Puedes reclamar gastos razonables y acreditados por el retraso del equipaje y daños/pérdida, hasta el límite de 1.519 DEG (SDR) por pasajero
(límite vigente desde el 28-12-2024; se revisa periódicamente por la OACI), lo que equivale a 1.780,29 € a fecha 14/08/2025.
Es importante que conserves recibos y cumplimentes el *PIR en el aeropuerto.
*El PIR es el documento que se cumplimenta en el aeropuerto para dejar constancia de la falta de entrega del equipaje.
Cómo iniciar tu reclamación
Reúne reserva y tarjeta de embarque (y, si los tienes, emails/SMS de Iberia y recibos de gastos).
Haz clic en “Quiero que lo comprobéis” y completa el formulario (también por WhatsApp).
Revisión manual: confirmamos viabilidad y cuantía (compensación + gastos).
Nosotros lo tramitamos por ti; si es necesario, demandamos. Honorarios a éxito: 20% + IVA.